domingo, 27 de abril de 2014

CRITERIO DE CAJA EN EL IVA

Se pondrá en marcha el criterio de caja en el IVA


A partir del 1 de enero de 2014 se pondrá en marcha el criterio de caja en el IVA, Se establece el sistema por el cual se podrá declarar el IVA según el criterio de caja, al cobro y pago de las facturas y no según la fecha de emisión. Este sistema será voluntario, entrará en vigor el 1 de enero de 2014 y los que quieran acogerse al mismo deberán comunicarlo como fecha límite el 31 de diciembre del ejercicio anterior, aquellos que opten por el mismo deberán permanecer en él durante tres ejercicios.



El hecho de que un obligado tributario se acoja al criterio de caja obligará al cliente o proveedor implicado en la operación a aplicar ese mismo criterio en el tratamiento fiscal de las facturas que se originen en la misma, independientemente de que este último no haya optado por este criterio fiscal.
Sólo podrán acogerse al régimen de caja las empresas con un volumen de negocio inferior a 2 millones de euros anuales y siempre que sus cobros en efectivo respecto de un mismo destinatario y durante el año natural no superen los 100.000 euros. Quienes opten por este sistema deberán incluir en los libros registro de facturas emitidas y recibidas las fechas del cobro o pago, parcial o total, de la operación, con indicación por separado del importe correspondiente, en cada caso y la cuenta bancaria o del medio de cobro utilizado, que pueda acreditar el cobro o pago parcial o total de la operación.

Además se establece una fecha tope para declarar las facturas en las operaciones que funcionen bajo el criterio de caja, de tal manera que éstas no podrán quedar pendientes de un ejercicio para el siguiente y habrá que declararse antes del el 31-12 del siguiente ejercicio a la emisión de la factura, por tanto, podría alcanzar hasta 2 años aunque a esta fecha no hubieran sido pagadas.


No podrán acogerse a este sistema las empresas acogidas a los regímenes especiales simplificados (agricultura, pesca y ganadería), el oro de inversión o los servicios prestados por vía electrónica.

VOLVER

MERCURIO. Comunicación & Marketing.

No hay comentarios :

Publicar un comentario