domingo, 1 de enero de 2017

NORMATIVA EUROPEA SOBRE ALÉRGENOS

NORMATIVA EUROPEA SOBRE ALÉRGENOS.

¿Qué ingredientes tiene esta “tapa”?

Reglamento 1169/2011 sobre la información alimentaria


Un alérgeno es una sustancia que puede provocar una reacción de hipersensibilidad en las personas ( las alergias).

Este  Reglamento es de obligado cumplimiento en todo el territorio de la Unión Europea desde el pasado 13 de Diciembre de 2014.

Y afecta a todos los profesionales que comercialicen productos alimenticios tanto envasados, como no envasados:
Hoteles, Restaurantes, Cafeterías, Heladerías, Bares, Cafés-Bares, Taperías,  Pastelerías, Tiendas, Supermercados, Negocios ambulantes, etc.

Estos profesionales están obligados a informar a sus clientes y consumidores de la presencia, y posible trazabilidad de los siguientes alérgenos:


CEREALES QUE CONTENGAN GLUTEN
Trigo, Centeno, Cebada, Avena, Espelta, Sésamo.

FRUTOS SECOS
Cacahuetes, Almendras, Avellanas, Anacardos, Pistachos, Nueces, Nueces de Brasil, de Macadamia, de Australia y Nueces Pacanas.
Apio y  Altramuces (variedad de legumbre).

Pescado, Crustáceos y Moluscos.
 Leche
Huevos
Mostaza
Sulfitos
Soja

¡ Y / O, PRODUCTOS DERIVADOS DE TODOS ELLOS. !

                                              



EL REGLAMENTO NOS DICE QUE LA INFORMACIÓN DEBE SER:
CLARA
ACCESIBLE
PROACTIVA*

*Se espera que el empresario tenga  iniciativa y capacidad para anticiparse a problemas o necesidades futuras


El método o procedimiento informativo a seguir, correrá por cuenta de los profesionales y responsables de los sectores implicados, que una vez más harán gala de su ingenio y saber hacer. Desarrollando acciones creativas y audaces para generar las mejoras necesarias. Eso sí, la información ha de ser clara y sin ambigüedades.





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