domingo, 31 de agosto de 2014

CONTRATO DE TRABAJO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE


CONTRATO DE TRABAJO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE.


CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE:





El objetivo de este modelo de contrato es la cualificación profesional de los trabajadores mediante:

·        Actividad laboral retribuida.
·        Actividad formativa en el marco empresarial. 

Se podrá pactar con trabajadores mayores de 16 años y menores de 25 (podrán celebrarse con menores de 30 años hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%), que carezcan de la cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo requerida para concertar un contrato en prácticas para el puesto de trabajo u ocupación objeto del contrato.

El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se realice con personas con discapacidad ni con colectivos en situación de exclusión social previstos en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción.

La duración mínima del contrato será de un año y la máxima de tres años, aunque con el convenio colectivo podrán establecerse distintas duraciones del contrato, (sin que la duración mínima pueda ser inferior a seis meses ni la máxima de tres años).

Nota:
Se permitirá la realización de contratos para la formación y el aprendizaje sin necesidad de hacerlo dentro de un título de Formación Profesional o certificado profesionalidad.


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